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Cada empresa deberá contar con servicio médico que dependiendo del tamaño de la empresa ira desde botiquín de primeros auxilios hasta una unidad médico con médico permanente. (Ver “Mandatos legales en Seguridad y Salud Acorde al tamaño de la empresa”)
El Ministerio de Relaciones Laborales emitió mediante el Acuerdo Ministerial N° 1404 un Reglamento para el Funcionamiento de los Servicios Médicos mismo que enuncia los requisitos mínimos que debe cumplir los servicios médicos y cuáles son las funciones que este debe cumplir.
El Ministerio de Relaciones Laborales permite que empresas de menor tamaño contraten servicio médico por horas mismo que asistirá a la empresa a brindar sus servicios en un horario establecido, además se puede optar el servicio médico por horas para empresas que lo deseen siempre y cuando esté debidamente justificado y documentado.
Como gestión del riesgo se deberán someter a exámenes médicos ocupacionales a aquellas personas que lo amerite mismos que deberán ser realizados en coordinación con el médico de la empresa con el Responsable de la Seguridad y Salud.
Los registros y monitoreo de los resultados deberán ser analizados por el médico de la empresa y archivados en donde se lo designe. Estos datos servirá para tener actualizado el índice de morbilidad de la empresa.
Adicionalmente se deberá tener en cuenta los exámenes pre-ocupacionales y post-ocupacionales mismos que se deberán ser realizados a todo el personal. Estos exámenes tendrán que estar acorde a los riesgos a los cuales se estaban o estarán expuestos, además de los que regularmente son requeridos por la empresa.
Cada enfermedad del tipo que sea deberá quedar registrada en una tabla llamada índice de morbilidad misma será reportada ante el IESS a su unidad técnica.
Lo importante es analizar estos índices para reducir la frecuencia de aparición de enfermedades o reducir el número de afectados como un indicativo de la gestión realizada.
Los datos serán tomados a partir de los reportes de enfermedades o de los exámenes realizados (pre-ocupacionales, ocupacionales y post-ocupacionales). Se podrá utilizar la siguiente fórmula para el cálculo de la tasa de morbilidad.